MENEM, Carlos

 

1989

Se crea el Bono Nacional Solidario de Emergencia, destinado a contribuir a la atención de las necesidades alimentarias mínimas del sector más postergado de la población.

Sustituye los artículos 1,2,3 y 5 del Decreto N° 377/89, relacionados con la cancelación anticipada de las obligaciones de la deuda p{ublica interna.

Dispone la caancelación anticipada de las obligaciones de las entidades financieras que se detallan en el artículo 2, su consolidación al 31 de julio de 1989 y la reestructuración mediante la entrega en canje de un nuevo título cuya emisión se dispone.

Modifica la Ley de Impuesto con respecto a las ventas, compras, cambio o permuta de divisas.

Dispone que los ciudadanos uruguayos radicados en el país que trabajen en relación de dependencia gozarán de una Licencia Especial para emitir su voto en la República Oriental del Uruguay.

Se establece un gravamen de emergencia que se aplicará por única vez, sobre los activos financieros existentes al 9 de julio de 1989.

Agrega al Régimen de Contrato de Trabajo, Ley 20.744 y modificatorias, el beneficio social de la Canasta Familiar Alimentaria.