PRORROGA DE EMERGENCIA ECONÓMICA
Por medio de esta ley se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2008 la vigencia de la Ley Nº 26.204 que declara la emergencia económica.
ARTICULO 1º - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2008 la vigencia de la Ley Nº 26.204.
ARTICULO 2º - La presente ley entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2008.
ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.
-REGISTRADA BAJO EL Nº 26.339-
EDUARDO A. FELLNER. - JULIO C. C. COBOS. - Enrique Hidalgo. - Juan H. Estrada.
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Número de ley: 26339 Fecha de promulgación: 03-01-2008 Nro. expediente de diputados: 5444-D-07 Nro. expediente de senadores: CD-160/07 Fecha de aprobación de diputados: 04-12-2007 Fecha de aprobación de senadores: 12-12-2007 |
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