MODIFICACION DEL ART. 236 DEL CODIGO CIVIL SOBRE DIVORCIO
Este proyecto de ley que cuenta con media sancion de la Camara de Diputados. Propone suprimir la obligacion que tienen los jueces en los procesos de divorcio, de celebrar una audiencia en la que tienen que intentar conciliar a las partes.
El proyecto considera que los magistrados no cuentan con la formación profesional adecuada para intervenciones de este tipo y que es un avance del Estado sobre la libertad personal de las partes. Ademas se supone que no corresponde al juez determinar si las causales aducidas por las partes son lo suficientemente graves para justificar el divorcio o separación. Son las partes las que están en mejores condiciones de evaluar la gravedad de los motivos que justifican la separación
Por otra parte, la practica muestra que en la mayoría de los casos esta audiencia no se celebra o, en los supuestos en que el juez la convoca, no se realiza en presencia de éste. Es por eso que el proyecto considera que carece de sentido mantener la obligatoriedad de las partes de concurrir a esta audiencia, bastando a los fines que se persiguen, que manifiesten su voluntad de continuar con el procedimiento de separación personal o divorcio con la mera manifestación personal o por escrito que acredite dicha voluntad, evitando de este modo una instancia jurisdiccional innecesaria.
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Nro. expediente de diputados: 5386-D-2006 Nro. expediente de senadores: 0007-D-07 Fecha de aprobación de diputados: 28-03-2007 |
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